INSPECCIÓN DE ATRACCIONES ITINERANTES DE FERIA
Esta actividad la inició Enmacosa hace casi 20 años a consecuencia de la falta de inspecciones de seguridad en este tipo de instalaciones y que, a raíz de accidentes producidos, empezó a estar demandada por parte de algunos ayuntamientos.
De acuerdo a la sección 3ª del Decreto 226/2022, de 22 de diciembre, por el que se regulan determinados aspectos de la organización y desarrollo de los espectáculos públicos y actividades recreativa, la inspección que se realiza consta de las siguientes partes:
- Revisión documental, de acuerdo con el contenido del artículo 5 del Decreto 226/2022.
- Inspección in situ de acuerdo con el contenido del artículo 7 del Decreto 226/2022.
La normativa de referencia de aplicación es la que se encuentra recogida en el artículo 6 del Decreto 6/2022, de 22 de diciembre.
Ámbito geográfico: Galicia